Contratar personas con discapacidad: ventajas fiscales y corporativas

Contratar personas con discapacidad ha dejado de ser una opción aislada para convertirse en una tendencia a la que se suman cada vez más empresas, más allá del sector en el que operen, la naturaleza de sus actividades o su estructura.

De hecho, basta mirar a nuestro alrededor para darnos cuenta de que el número de contrataciones de este tipo se ha extendido considerablemente y que gracias a ello las personas con alguna discapacidad han encontrado una verdadera opción profesional, laboral e individual para su desarrollo y proyección.

 

 Contratar personas con discapacidad: ¿qué dice la ley española?

España es uno de los países de la eurozona en donde este cambio que hemos descrito en el apartado anterior se ha hecho notorio en los últimos años.

Todo ello ha estado respaldado por iniciativas e instrumentos legales como la llamada Ley General de Discapacidad (LGD), la cual fija el marco mínimo de actuación de las empresas en lo que se refiere a este asunto.

 

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Dicha legislación establece, entre otras cosas, que las empresas con más 50 personas en su plantilla deben incorporar un porcentaje de trabajadores discapacitados que no será inferior al 2%; es decir, y para seguir con la misma referencia, algo así como 4 personas.

No obstante, conviene decir que la LGD no tiene un carácter impositivo. O dicho de otro modo, las empresas no están obligadas a contratar personas con discapacidad ni deben tomarlo abiertamente como una exigencia. Simplemente se trata de un recurso para generar conciencia y dar visibilidad a este asunto.

 

 ¿Qué ganas al contratar personas con discapacidad?

El objetivo último de la LGD es que las empresas asuman como una práctica más la contratación de personas con discapacidad y, de esta manera, se eliminen obstáculos como la discriminación, la infravaloración o, peor aún, la exclusión social y profesional.

Las autoridades responsables de esta área no enfatizan tanto lo que recomienda la legislación, sino más bien animan a las empresas a conocer las múltiples ventajas que supone contratar a estas personas. Repasemos algunas de ellas:

  • Mejora del clima laboral:

No lo decimos nosotros; lo dice la Fundación Adecco, que ha constatado que una de las consecuencias inmediatas de la inclusión de personas con discapacidad en las empresas es el enriquecimiento del capital humano y valores como la empatía, la solidaridad, la ayuda mutua, la superación, entre otros.

  • Incremento de la competitividad:

¿Que las personas con discapacidad no están aptas para competir? Te equivocas; muchas de ellas pueden realizar tareas con la misma calidad que cualquier otro trabajador. Es cuestión de darles la oportunidad. Aparte, su inclusión puede  ayudar a mejorar la imagen de una empresa de cara al público.

  • Descuentos fiscales:

Si el contrato que le haces a un trabajador con discapacidad es indefinido, tendrás una bonificación anual de hasta 5.350€ en las mujeres y 5.700€ en los hombres. Y si el contrato es de carácter temporal, la bonificación de Hacienda será proporcional a la jornada que se pacte en el contrato y siempre y cuando no supere el 100% de la cuantía prevista. Esto sin contar las subvenciones que podrías recibir en caso de que la contratación de estas personas suponga la adaptación de los puestos de trabajo.

 

Ten presente, para finalizar, que si tu idea es contratar personas con discapacidad no sólo puedes hacerlo por un contrato tradicional. A lo mejor también te interesan otras figuras, como por ejemplo el contrato de prácticas, el contrato de interinidad para cubrir bajas o el contrato de formación.

 

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1 comentario

inmaculada

24 julio, 2018 19:40

hace referencia a la contratacion de personas con discapacidad,que cada vez esta ocupando mas en el sector empresarial,pero que deberia de ser algo igualitario con respecto a las personas que no tienen discapacidad,ya que cada vez hay mas empresas que exigen tener grado de discapacidad para desempeñar un empleo y no dan opcion a las demas personas

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