Cómo es la inscripción de la empresa en la Seguridad Social

Al inicio de todo proyecto de emprendimiento llega la hora de realizar la inscripción de la empresa en la Seguridad Social. Hacerlo es cumplir con una obligación que se atribuye al empresario en nuestro país, también lo es para las empresas sin ánimo de lucro. Es, además, un requisito para poder iniciar su actividad comercial y contratar empleados.

Quienes vayan a trabajar como autónomos también necesitan tener claro que realizar esta inscripción es un paso necesario.

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¿En qué consiste la inscripción de la empresa en la Seguridad Social?

Una visita a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana al lugar donde el empresario vaya a realizar su actividad (o a la Sede Electrónica, si tiene certificado digital) es el primer paso para realizar los siguientes trámites:

  1. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. Al practicarla se obtiene el Código de Cuenta de cotización, que permitirá al Sistema identificar a la empresa en el Régimen que le corresponda. En este enlace puede obtenerse información oficial acerca de este trámite.
  2. Cumplimentación del campo dedicado a registrar la entidad gestora y entidades colaboradoras contratadas para la protección (protección de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes).

 

Documentación que hace falta presentar para practicar la inscripción de la empresa en la Seguridad Social

  • Documentación a presentar por el empresario individual: modelo oficial de solicitud, documento de identificación y documento oficial donde conste el Número de Identificación Fiscal asignado según la Actividad Económica de la Empresa.
  • Documentación a presentar por el empresario colectivo y Sociedades Españolas: los mismos documentos que se exigen al empresario individual, más la Escritura de Constitución o certificado del Registro correspondiente y copia del DNIde quien firma la solicitud de inscripción (también hará falta un documento que acredite los poderes del firmante, si no están especificados en la escritura). En el caso de Sociedades Extranjeras que trasladen su domicilio a España los documentos exigidos son los mismos, pero si no establecen centro de trabajo en nuestro país, hará falta que aporten un certificado que pruebe su inscripción en el registro correspondiente o el equivalente exigido por su legislación para empresas de la Unión Europea o, en el caso de terceros países, certificado de autorización expedido por el cónsul español de su autorización y constitución legal en su país. Además, será requisito proceder al nombramiento o poder de representación de un representante legal con domicilio en España.

 

 

¿Qué debe saber el emprendedor acerca de la inscripción de la empresa en la Seguridad Social?

Antes de proceder a realizar la inscripción de la empresa en la Seguridad Social conviene tener en cuenta que se trata de un procedimiento único y válido para toda la vida de la empresa, con alcance extensible a todo el territorio nacional.

Por esta razón, es obligatorio conservar los documentos justificativos de la misma durante, al menos, cinco años.

Caso de producirse alguna variación en los datos aportados, será imprescindible comunicarlo a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en un plazo máximo de seis días.

 

Créditos fotográficos: nensuria

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